Condiciones Generales de Venta

1. INTRODUCCIÓN

  • 1.1. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, los presentes términos y condiciones generales (las “Condiciones Generales”) se aplicarán a las ventas de productos vendidos por Guanfred, S.L. (los “Productos” y, cada uno de ellos, un “Producto”) realizadas por cualquier miembro, agente o representante autorizado de Guanfred, S.L., a un comprador (el “Comprador”; y junto con Guanfred, S.L., las “Partes” y, cada uno de ellos, una “Parte”).

  • 1.2. Las ofertas de Guanfred, S.L. no serán vinculantes hasta que éstas sean aceptadas y confirmadas mediante una orden de pedido emitida por el Comprador en cumplimiento de estas Condiciones Generales, siempre y cuando dicha orden de pedido sea aceptada por escrito por Guanfred, S.L. (cualquier orden de pedido aceptada se considera un “Contrato”). Estas Condiciones Generales pasarán a formar parte integrante del Contrato. El Comprador no podrá modificar o cancelar ninguna orden de pedido una vez ésta haya sido recibida y aceptada por Guanfred, S.L., a menos que Guanfred, S.L. acepte expresamente y por escrito dicha modificación o cancelación.

  • 1.3. Los términos y condiciones particulares de cada Contrato se pactarán por escrito entre las Partes en el marco de la remisión y aceptación de la orden de pedido (las “Condiciones Particulares”). Las Condiciones Generales resultarán de aplicación en todo aquello que no modifique o contradiga lo establecido en las Condiciones Particulares.

2. ENTREGA, ACEPTACIÓN Y DEVOLUCIONES

La entrega de los Productos se realizará conforme a lo estipulado en las Condiciones Particulares. Se entenderá que el Comprador ha aceptado la cantidad y calidad de los Productos y que la entrega se ha realizado conforme al Contrato, a menos que el Comprador notifique por escrito a Guanfred, S.L. cualquier falta o daño en el plazo máximo de tres días naturales desde la entrega de los Productos. Transcurrido dicho plazo, Guanfred, S.L. no estará obligada a consentir ninguna devolución de Productos, salvo que ésta resulte legalmente imperativa.

3. PAGO

  • 3.1. El pago se efectuará según las condiciones acordadas con el Comprador reflejadas en las Condiciones Particulares, en la moneda y, en su caso, a la cuenta bancaria que se indique en la factura de Guanfred, S.L., dentro del plazo máximo indicado en la misma. El pago se realizará íntegro, sin compensación o deducción alguna. El Comprador pagará intereses de demora desde la fecha de vencimiento hasta la fecha efectiva del pago, a una tasa anual igual al tipo de interés legal del dinero vigente. Tales intereses se devengarán día a día sobre la suma demorada, en base a un año de 365 días y en función del número de días efectivamente transcurridos hasta el pago. El Comprador pagará a Guanfred, S.L. todos los costes relacionados con el cobro de importes atrasados, incluidos, en su caso, los honorarios razonables de abogados. En caso de que cualquier pago se retrase durante más de treinta días naturales, Guanfred, S.L. tendrá derecho a suspender o rescindir el Contrato mediante notificación por escrito al Comprador, sin que ello excluya o sustituya los derechos adicionales de Guanfred, S.L. con arreglo al Contrato o a la ley.

  • 3.2. Guanfred, S.L., como condición previa a la entrega de los Productos, podrá solicitar: (a) el pago por adelantado; y/o (b) que el Comprador pague o provea una caución que cubra cualquier importe pendiente adeudado a Guanfred, S.L..

4. GARANTÍA

  • 4.1. Guanfred, S.L. reparará cualquier defecto de los Productos (o, a su exclusiva discreción, reemplazará el Producto afectado) que se detecte durante el periodo de garantía como resultado de materiales o fabricación defectuosos. El Comprador tomará las medidas apropiadas para impedir que cualquier defecto se agrave y todas las reclamaciones bajo la presente garantía se realizarán por escrito (y sin demora) dentro del plazo máximo de catorce días naturales desde el descubrimiento o la puesta de manifiesto de dicho defecto durante el período de garantía. El Comprador deberá acreditar que su reclamación se encuentra cubierta por la garantía. La entrega de los Productos de reemplazo o reparados se realizará según los términos de entrega regulados en el Contrato y, en caso de reemplazo, Guanfred, S.L. recuperará la titularidad sobre el Producto defectuoso objeto de reemplazo.

  • 4.2. El periodo de garantía de los Productos comienza en la fecha de entrega y tiene una duración de dos años (salvo que se indique una duración o fecha de terminación distinta en las Condiciones Particulares). Si los Productos estuvieran listos para la entrega pero Guanfred, S.L. no pudiera entregarlos por causas atribuibles al Comprador, el período de garantía estipulado en esta Cláusula 4.2 comenzará desde la fecha en que debió haber ocurrido la entrega en virtud del Contrato.

  • 4.3. Guanfred, S.L. no será responsable por ningún defecto que sea debido a, o que surja en conexión con: (1) negligencia o dolo por parte del Comprador o cualquier tercero;(2) utilización de cualquier material, componente, pieza de repuesto, accesorio, herramienta, diseño o software que no sean los suministrados como Productos por Guanfred, S.L.; (3) trabajos de montaje, instalaciones o alteraciones incorrectos o deficientes; (4) desgaste normal; o (5) cualquier uso, servicio u operación de los Productos que no sea conforme a los manuales, las instrucciones o las especificaciones proporcionados por Guanfred, S.L., o que de otra forma no sea conforme a las prácticas normales de la industria. La obligación de garantía de Guanfred, S.L. no incluye los costes de montaje o desmontaje, gastos, impuestos o tasas, de manera que deberán ser reembolsados por el Comprador a Guanfred, S.L. cuando sean aplicables. Si la investigación de la garantía de Guanfred, S.L. revela que la reclamación de garantía del Comprador no entra dentro del ámbito de aplicación de estas Condiciones Generales, el Comprador será responsable de todos los costes y gastos aplicables de dicha inspección, de los componentes reparados o reemplazados y de cualquier otro servicio.

  • 4.4. Esta cláusula 4 contiene la única garantía aplicable a los productos y sustituye a cualquier otra garantía, obligación y responsabilidad legal, expresa o implícita asociada a los mismos.

5. RESPONSABILIDAD DE GUANFRED, S.L.

  • 5.1. Guanfred, S.L. no será responsable de los daños indirectos, contingentes, consecuentes o incidentales, independientemente de su causa o circunstancia (tanto actual como potencial) ni de las pérdidas o daños (tanto actuales como potenciales) causados por la indisponibilidad del Producto, reclamaciones de los clientes del Comprador, daños punitivos, gastos por intereses, pérdida de beneficios o ingresos, pérdida de reputación, retirada o reinstalación no derivados de la garantía ofrecida en el Contrato o daños a cualquier propiedad (incluidos a bienes titularidad del Comprador o, en su caso, de terceros).

  • 5.2. La responsabilidad total de Guanfred, S.L. respecto al Comprador en virtud del Contrato en ningún caso excederá del 100% del precio del Contrato.

6. CONTROL ANTICORRUPCIÓN Y CÓDIGO DE CONDUCTA

El Comprador se compromete a respetar las políticas de Guanfred, S.L. en relación con el control anticorrupción y las normas de conducta vigentes en cada momento, de conformidad con lo establecido en el Anexo.

7. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales de las personas físicas que intervengan en la firma y en la gestión y ejecución de las prestaciones objeto del Contrato en nombre y representación y/o por cuenta del Comprador serán tratados bajo la responsabilidad de Guanfred, S.L. (y, en su caso, se incorporarán a ficheros de su titularidad), para la celebración, desarrollo, mantenimiento y control de las prestaciones objeto del Contrato y el cumplimiento de sus obligaciones legales. El titular de los datos personales podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, de portabilidad, limitación del tratamiento, derecho de oposición a tratamientos basados en decisiones automatizadas y cualesquiera otros derechos que resulten de aplicación dirigiéndose por escrito a (https://pro.soluthia.com/politica-de-privacidad). Las causas legitimadoras de los tratamientos descritos son la ejecución y control de la relación contractual entre las Partes, el interés legítimo consistente en el mantenimiento de la relación comercial y el cumplimiento de las obligaciones legales de Guanfred, S.L..

Los datos personales serán tratados durante el desarrollo del objeto del Contrato y durante el plazo máximo de 6 años después de la terminación del mismo con la sola finalidad de dar cumplimiento a cualquier ley aplicable. Asimismo, los representantes legales quedan informados de que pueden presentar cualquier reclamación o solicitud relacionada con la protección de sus datos personales ante la correspondiente Autoridad de Protección de Datos.

El Comprador se obliga a que, con anterioridad al suministro a Guanfred, S.L. de cualquier dato personal de personas involucradas en la ejecución de los servicios objeto del Contrato, habrá informado a tal persona del contenido de lo previsto en el Contrato y cumplido cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta comunicación de sus datos personales a Guanfred, S.L., sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional frente a dicho afectado en términos de información o consentimiento.

8. VARIOS

  • 8.1. Cualquier trabajo o servicio que Guanfred, S.L. proporcione al Comprador en el marco del Contrato se regirá por estas Condiciones Generales. Si una disposición de estas Condiciones Generales difiere de las exigencias de una ley imperativa aplicable, estas Condiciones Generales se considerarán enmendadas en el grado mínimo necesario para cumplir con dicha ley. Ningún término, condición, declaración, garantía o convenio contenido en cualquier correspondencia, catálogo o en cualquier otra forma será aplicable a menos que conste en estas Condiciones Generales o se incorpore al Contrato por acuerdo escrito expreso de las Partes.

  • 8.2. Guanfred, S.L. se reserva el derecho a modificar unilateralmente las presentes Condiciones Generales, de manera que quedarán incorporadas al Contrato en su versión vigente en el momento de la formalización de la orden de pedido correspondiente.

9. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

  • 9.1. Las presentes Condiciones Generales y el Contrato se regirán por el Derecho común español.

  • 9.2. Las Partes, renunciando de forma expresa a sus derechos a someterse a cualquier otra jurisdicción, se someten a los juzgados y tribunales de la jurisdicción de la ciudad de Irún (España) para la resolución de cualquier disputa, reclamación o controversia que surja de o en relación con las presentes Condiciones Generales y el Contrato, incluyendo cualquier cuestión relativa a su interpretación, existencia, validez, cumplimiento, resolución, nulidad o eficacia.

ANEXO

1. CONTROL ANTICORRUPCIÓN Y DE EXPORTACIONES

A los efectos de esta Cláusula, los siguientes términos definidos tendrán este significado:

“Oficial” significa cualquier funcionario, empleado, agente o representante de, o cualquier otra persona que actúe en calidad de funcionario para, o en nombre de, cualquier (i) gobierno, incluida cualquier entidad que sea de su propiedad o esté bajo su control, (ii) partido político, funcionario del partido o candidato, u (iii) organización internacional pública; o cualquier persona que ocupe un cargo legislativo, administrativo o judicial de cualquier tipo o ejerza una función pública para o en nombre de un país, una agencia pública o una empresa pública.

“Persona Designada” significa una persona o entidad que (i) está listada en, o es propiedad o está controlada por una persona o entidad listada en, o que actúa en nombre de una persona o entidad listada en cualquier lista de Sanciones, o (ii) es un destinatario de Sanciones.

“Sanciones” significa los embargos económicos y comerciales y las leyes, reglamentos, normas o medidas restrictivas de sanciones impuestas, promulgadas o aplicadas por la Unión Europea, el Tesoro de Su Majestad (Her Majesty’s Treasury), la OFAC (Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos), el Departamento de Estado de los Estados Unidos, cualquier otra entidad gubernamental de los Estados Unidos, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, cualquier Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o cualquier otra autoridad gubernamental o reguladora pertinente.

  • 1.1 ANTICORRUPCIÓN

El Comprador declara y garantiza a Guanfred, S.L. que:

  • 1.1.1. Ni el Comprador, ni sus sociedades filiales o sociedades que pertenezcan al mismo Grupo que el Comprador (entendiendo por “Grupo” las situaciones previstas en el artículo 42 del Código de Comercio) (las “Filiales”) ni cualquier administrador, directivo, empleado, representante o accionista de tales personas (i) ha hecho, autorizado, ofrecido o prometido realizar pagos, regalos o transferencias de cualquier cosa de valor, de forma directa o indirecta o a través de terceros, para el provecho o beneficio de cualquier otro individuo, con el fin de obtener o conservar de forma indebida un negocio para o con cualquier persona, dirigir de forma indebida un negocio hacia cualquier persona o asegurarse una ventaja indebida; o (ii) ha realizado cualquier tipo de acto ilícito, como el pago de soborno, descuento, recompensa, compra de influencia o comisión ilícita, así como cualquier tipo de acción que incumpliría la normativa anticorrupción aplicable;

  • 1.1.2. el Comprador ha establecido y mantiene políticas y procedimientos diseñados para garantizar, y se prevé que razonablemente continuarán garantizando, el cumplimiento en todo momento de la normativa anticorrupción aplicable;

  • 1.1.3. durante los últimos cinco años, ni el Comprador ni sus Filiales han recibido ninguna comunicación escrita indicando o alegando que alguno de ellos ha incumplido o podría incumplir la normativa anticorrupción aplicable, o que cualquiera de dichas personas es o podría estar sometida a investigación por parte de una autoridad gubernamental relacionada con la normativa anticorrupción aplicable y, según el conocimiento del Comprador, no se encuentran bajo amenaza o pendientes de tales investigaciones; y

  • 1.1.4. ningún Oficial posee acciones, participaciones o intereses de capital o propiedad algunos en el Comprador o en cualesquiera de sus Filiales, ni es un directivo, administrador, empleado, contratista o representante del Comprador. Ningún Oficial tiene ni tendrá derecho a o interés en ningún pago ni en ninguna otra posesión de valor que Guanfred, S.L. entregue al Comprador.

1.2 CONTROL A LA EXPORTACIÓN

  • 1.2.1. Por la presente, el Comprador reconoce que los Productos pueden quedar sujetos a controles a la exportación. El Comprador cumplirá con todos los controles a la exportación y asume que él y sólo él es responsable de garantizar el cumplimiento de la normativa sobre controles a la exportación. El Comprador no utilizará, venderá, revenderá, exportará, reexportará, dispondrá, difundirá o, de cualquier otro modo, comerciará con los Productos, ya sea de forma directa como indirecta, a cualquier país, destino o persona sin obtener primeramente la autorización de exportación necesaria u otro tipo de aprobación emitida por el gobierno correspondiente, y cumplirá con dichos trámites, tal y como lo exige la normativa sobre controles a la exportación.

  • 1.2.2. El Comprador declara y garantiza a Guanfred, S.L. que ni el Comprador ni ninguna de sus Filiales, administradores, directivos o empleados:

  • (a) es propiedad de, ni está controlado por, una Persona Designada;

  • (b) ha realizado o está realizando, de forma directa o indirecta, negocios o actividades con o para el beneficio de, o, de cualquier otro modo, esté implicado en actividades empresariales con una Persona Designada, o, de cualquier otro modo, incumpla la normativa sobre Sanciones aplicable tanto a Guanfred, S.L. como al Comprador;

  • (c) realizará negocios o actividades que provocarían que Guanfred, S.L. incumpliera la normativa sobre Sanciones aplicable; o

  • (d) viola o ha violado alguna vez, ni está sometida a una investigación por parte de o en nombre de cualquier organismo gubernamental o regulador, en relación con la normativa sobre Sanciones.

1.3 DISPOSICIONES GENERALES

  • 1.3.1. El Comprador acuerda y se compromete a que:

  • (a) las declaraciones y garantías dispuestas en las Cláusulas 1.1 y 1.2 anteriores permanezcan verdaderas y fidedignas en todo momento; y

  • (b)  el Comprador notificará por escrito a Guanfred, S.L., tan pronto como le sea posible y, en cualquier caso, en cinco días naturales desde que concurriera la circunstancia determinante de ello, si cualquiera de dichas declaraciones o garantías dejase de ser verdadera y fidedigna en cualquier momento.

  • 1.3.2. El Comprador se compromete a llevar registros completos y precisos en lo relativo a todas las acciones emprendidas por, en nombre de, o de acuerdo con las indicaciones del Comprador, de conformidad con el Contrato. Previa solicitud de Guanfred, S.L., el Comprador le proporcionará copias de todos los documentos relacionados con la exportación de los Productos. El Comprador también informará detalladamente de todo lo relacionado con los pedidos de Productos por parte de Personas Designadas y, por tanto, con quienes el Comprador se habrá abstenido de hacer negocios.

  • 1.3.3. Sin perjuicio de cualquier disposición del Contrato en sentido contrario, Guanfred, S.L. no se verá bajo la obligación de realizar ningún pago o de llevar a cabo ninguna acción según lo dispuesto en el Contrato, si, en su opinión, de buena fe, tal acción puede constituir un incumplimiento o contribuir a un incumplimiento de la normativa anticorrupción aplicable o de la normativa sobre Sanciones; y Guanfred, S.L. no será responsable frente al Comprador de ninguna reclamación, pérdida o daño derivado del ejercicio por parte de Guanfred, S.L. de sus derechos previstos en esta Cláusula.

  • 1.3.4. Si Guanfred, S.L. determina, a su sola discreción, que el Comprador está incumpliendo en cualquier momento lo dispuesto en las Cláusulas 1.1 y 1.2, Guanfred, S.L. tendrá derecho a resolver de forma inmediata el Contrato mediante una notificación escrita al Comprador.

  • 1.3.5. El Comprador indemnizará a Guanfred, S.L., a sus Filiales, administradores, directivos, empleados, asesores, representantes y poseedores de intereses en su capital (de forma conjunta, los “Indemnizados”) de cualquier reclamación, daño y responsabilidad, incluidos honorarios razonables, gastos y desembolsos a abogados, incurridos por o atribuidos en contra de cualquier Indemnizado derivado de, en relación con, o como resultado de: (a) cualquier declaración o garantía dispuesta en las Cláusulas 1.1 y 1.2 anteriores que no sea verdadera y fidedigna; (b) cualquier incumplimiento por parte del Comprador de lo previsto en este Anexo; o

  • (c) cualquier reclamación, litigio, investigación o proceso relacionado con cualquier punto anteriormente mencionado, ya esté fundamentada en responsabilidad contractual, extracontractual o en cualquier otro fundamento legal.